Toda empresa que solicite los servicios de certificación de origen, indistintamente de su calidad de Socio de la CIU, deberá registrarse ante el DACI, por única vez, atento a los términos incluidos en el Instructivo relativo a sus servicios y ofreciendo la información que se incluye en la presente planilla.
Además deberá completar los modelos de Certificación y acreditación notarial, de acuerdo a lo dispuesto por la Ley N° 19.111, Decreto Reglamentario N° 64/014.