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Preguntas frecuentes

En cumplimiento del compromiso asumido con la Dirección Nacional de Energía y Tecnología Nuclear (DNETN) del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), la CIU certificará el componente nacional de la inversión en la que se incurra, para la generación de energía eólica ofrecida a UTE por los distintos participantes del llamado a Licitación Nº K39607.

Como tarea complementaria, nuestra Organización orientará a los interesados para la correcta interpretación de los criterios de calificación dispuestos por la DNETN y para la adecuada elaboración y presentación de toda la documentación requerida.

Es nuestro objetivo entonces, en este espacio, generar una interacción con todo actor participante en este proceso (oferentes, desarrolladores de parques eólicos, fabricantes de equipos, prestadores de servicio, etc.) y dar respuesta a todas aquellas consultas que vayamos recibiendo en relación al marco normativo aplicable, como así también, explicar con mayor precisión el criterio que se adoptará ante determinadas situaciones puntuales.

Pregunta 1: En el caso de la contratación a una empresa local de un servicio "house to house" para el transporte de los aerogeneradores desde su origen hasta el sitio:  ¿se computa todo el valor de este servicio como componente local?

Respuesta: No. El costo correspondiente a un flete marítimo internacional para el traslado de los aerogeneradores, desde su lugar de origen hasta el territorio nacional, aun cuando sea facturado dicho servicio por una empresa constituida legalmente en Uruguay, no se computará como componente nacional de la inversión. El criterio dispuesto por la DNETN, se construyó con el espíritu de contemplar los servicios de traslado ofrecidos y realizados por empresas nacionales, por territorio nacional, exclusivamente.

Rectificación:

Debemos informar que como resultado de una evaluación interna y la reconsideración de criterios complementarios a la “Metodología para la evaluación del componente nacional de la inversión”, se rectifica la respuesta a la Pregunta 1 inicialmente publicada, de la siguiente manera:

 “Sí. Serán considerados como componente nacional de la inversión los servicios de transporte internacional de los equipos aerogeneradores, desde el país de origen y hasta el sitio de su emplazamiento, facturados por empresas nacionales de transporte, de reconocida trayectoria y antigüedad superior a 5 (cinco) años.”


Pregunta 2: ¿Todos los seguros contratados localmente para la ejecución de la obra serán considerados como componente nacional?

Respuesta: Sí. Las pólizas de seguro contratadas con empresas legalmente constituidas en Uruguay, son precisamente uno de los servicios análogos a los listados en la Parte B del Anexo al documento "METODOLOGÍA PARA LA EVALUACIÓN DE LA COMPONENTE NACIONAL DE LA INVERSIÓN".


Pregunta 3: Si para el proyecto del parque eólico se suministran torres híbridas, formadas por un tramo de hormigón y un tramo de acero, donde el tramo de hormigón se fabrica localmente y supera el 35% del costo total de la torre mientras que la parte metálica es importada, ¿es correcto considerar el costo total de la torre híbrida como componente nacional?

Respuesta: La torre se considerará como un componente único y se evaluará el proceso de producción por el cual se obtiene. Si de ello se concluye que se trata de un proceso productivo realizado en territorio nacional, por el que se obtiene un producto compuesto de hormigón y acero y se verifica el valor agregado nacional mínimo requerido, el producto “torre híbrida” será considerado como nacional.

Vale destacar que el presente criterio, será sometido a revisión en ocasión de futuros procesos licitatorios.


Pregunta 4: En las cotizaciones de obra civil, uno de los aspectos considerados es la mejora en la infraestructura vial a los sitios donde los aerogeneradores serán emplazados. Siendo que este servicio fuere prestado por una empresa nacional, ¿es correcto asumir que dicho monto es 100% Componente Nacional?

Respuesta: Sí. Dicha inversión es parte integrante de la obra civil que debe realizarse a los efectos de la construcción del parque y por tanto susceptible también de ser considerada para determinar el componente nacional de la misma. Están incluidas tanto las obras dentro del parque como las requeridas fuera de éste para la realización del proyecto, siempre que el costo sea asumido por la empresa adjudicada en la Licitación K39607.


Pregunta 5: ¿Cuál es el límite que existe para definir lo que es mejora de infraestructura de accesos a los sitios donde los aerogeneradores irán emplazados? ¿Se consideran todas aquellas mejoras que el desarrollador del proyecto debe realizar para acceder a los diferentes sitios de implantación o existe algún límite para eso?

Respuesta: Toda inversión destinada a la infraestructura del parque y necesaria para la construcción del mismo, en tanto pueda justificarse y documentarse debidamente, será susceptible de tomarse en cuenta como componente nacional de la misma, a excepción de aquellas expresamente excluidas por el Decreto 403/009: operación y mantenimiento del parque, arrendamiento o adquisición de tierras y obras de infraestructura para la inserción del parque al SIN.


Pregunta 6: Si un BK, MI o E tiene más de 35% de componente nacional, ¿se lo puede considerar como 100% Componente Nacional?

Respuesta: Sí. Si un bien de capital, material de infraestructura o equipo es obtenido a través de un proceso productivo realizado en Uruguay, por el cual se alcance un mínimo del 35% de valor agregado nacional, calculado según se establece en el punto II, literal b) de la “Metodología para la evaluación del componente nacional de la inversión”, todo su valor de transacción en plaza, sin impuestos, podrá ser computado como componente nacional.


Pregunta 7: ¿Es posible sugerir la inclusión de nuevos ítems en los Anexos que forman parte de la Metodología para la evaluación de la componente nacional de la inversión?

Respuesta: Sí. Respecto a la Parte A de la citada Metodología, debe recordarse que la lista es taxativa y para la inclusión de cualquier otro bien debe atenderse el procedimiento previsto: “La consideración de cualquier otro elemento no incluido en dicha Parte A, cuyo carácter nacional pretenda certificarse, deberá ser autorizada por la Dirección Nacional de Energía y Tecnología Nuclear (DNETN) del Ministerio de Industria Energía y Minería. A tales efectos, el interesado deberá presentar solicitud escrita ante la Cámara de Industrias del Uruguay.”

En cuanto a la Parte B, la lista es meramente indicativa. Cualquier inversión que por concepto análogo a lo ya previsto se haga, será evaluada y validada por la Cámara de Industrias del Uruguay.


Pregunta 8: ¿Cuál es el tiempo estimado por la CIU para una eventual certificación del componente nacional? ¿Cuál sería su costo estimado?

Respuesta: El plazo estimado para el análisis, procesamiento y ulterior certificación a realizar de cada caso, no será inferior a 4 (cuatro) meses.

El precio que ha sido fijado para la prestación de este servicio de certificación, contempla los costos en los que la institución debe incurrir para la ejecución de la tarea y la aplicación de una escala progresiva y proporcional al monto total de la inversión de que se trate:

Monto total de la Inversión

(dólares americanos)

Precio del servicio de certificación (dólares americanos)

Hasta 10.000.000

 

 

6.000

10.000.001

a

30.000.000

8.000

30.000.001

a

60.000.000

9.500

60.000.001

a

100.000.000

10.500

Más de 100.000.000

 

 

12.000

  
   

Pregunta 9: Los aportes al BPS correspondientes a los obreros que participen en la obra civil, ¿pueden computarse como componente nacional de la inversión?

Respuesta: Sí. Los aportes al BPS se consideran parte de la inversión que se realiza en mano de obra y por consiguiente, componente nacional de la misma.


Pregunta 10: ¿Se consideran como parte del componente nacional de la inversión, los costos asociados al despacho de importación de los aerogeneradores?

Respuesta:

No. La Tasa Global Arancelaria (TGA), el IVA y demás tasas que graven la importación, no serán considerados componente nacional de la inversión, en tanto sí podrán serlo aquellos costos de importación asociados a la prestación de servicios ofrecidos por operadores portuarios, despachantes de aduana, etc.


Pregunta 11: ¿Puede ser considerado componente nacional de la inversión el monto correspondiente a intereses financieros por préstamos tomados en plaza?

Respuesta:

No. Los intereses bancarios no serán considerados componente nacional de la inversión realizada.


Pregunta 12: ¿Cuál es el límite entre obra eléctrica del parque y obra eléctrica para conexión al SIN?

 

Respuesta:

Serán consideradas obras de infraestructura necesarias para la conexión al Sistema Interconectado Nacional y por lo tanto no pasibles a ser incluidas en el componente nacional de la inversión (numeral II del artículo 2 del decreto 403/009), las que figuran en el Convenio de Uso y en el Convenio de Conexión (que forman parte del pliego de la licitación) como “Red de UTE”, y están del nodo de conexión hacia el lado de la red de UTE:

Cuando las centrales se conectan a redes de 30 o 60 KV:

  • Tal como se observa en el esquema que se ilustra (ver aquí), de los bornes del seccionador operado por UTE hacia la red de UTE.

Cuando las centrales se conectan a redes de 150 KV:

  • Del borne del interruptor de alta tensión del lado del transformador, hacia la red de UTE.

Las edificaciones asociadas a las subestaciones y todos los equipos electromecánicos asociados a protecciones, maniobra y comunicaciones, así como el trabajo para su montaje e instalación en la subestación, se consideran parte de la central y por lo tanto fuera de las obras de infraestructura necesarias para la conexión al Sistema Interconectado Nacional, y por consiguiente, dentro del universo de bienes susceptibles de integrar el componente nacional de la inversión.