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Montevideo,
8 de julio de 2010
Estimado Socio:
El Poder Ejecutivo volvió a prorrogar hasta el 31 de
julio de 2010 el régimen transitorio dispuesto por el
Decreto 232/009 del 19 de mayo de 2009 y Decreto
404/009 del 31 de agosto de 2009, que admite la
deducción del IVA al gasoil por parte de los
contribuyentes que desarrollen actividades industriales
manufactureras y extractivas respectivamente.
Le recordamos que en el sitio Web de la CIU está
disponible el instructivo y formatos sugeridos para la
elaboración de las certificaciones contables y las
declaraciones juradas, a los efectos de que las empresas
remitan los recaudos inicialmente previstos en el
decreto.
Por mayor información dirigirse a la Dirección de
Investigación y Análisis
dee@ciu.com.uy
Saluda atentamente,
Dirección de Relaciones Institucionales
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