Montevideo, 16 de marzo de 2010

  

Estimado Asociado:

Ref.: Régimen de Devolución de Tributos a la Exportación

 

El Decreto 389/009 de fecha 20 de agosto de 2009, introdujo modificaciones al Régimen de Devolución de Tributos vigente según Decreto 230/007, de fecha 29 de junio de 2007. Este último, fijó una tasa única de devolución del 2% -excepto para el sector cárnico, al que se fijó un 2,5%-  aplicable a las exportaciones cursadas a partir del 1º de octubre de 2007 y sin establecer fecha de caducidad.

Concretamente, el Decreto 389/009 eliminó las tasas de devolución fijadas para un determinado universo de productos –listados en su Anexo I- y dispuso la suba temporal de aquellas aplicables a  bienes pertenecientes a sectores de actividad industrial y exportadora donde la recesión internacional habría impactado desfavorablemente, según identificación realizada por el Gabinete productivo (los incluidos en su Anexo II).

Respecto a tal Anexo II debemos informar que, no obstante ser evidente que el espíritu con el cual se promulgó este Decreto, fue el de atenuar los efectos desfavorables de la crisis internacional a través de un aumento temporal del beneficio vigente, han ocurrido interpretaciones adversas.

Tal situación ha ocasionado que los productos incluidos en el Anexo II del Decreto 389/009, a partir del pasado 1º de marzo, dejaran de percibir el beneficio de la Devolución de Tributos.

Contactos mantenidos recientemente con el Subsecretario de Economía y Finanzas, el Ec. Andrés Masoller, nos han permitido confirmar que tal situación será regularizada a la brevedad, contemplando incluso aquellas exportaciones ocurridas durante el período comprendido entre el 1º de marzo y la fecha en que se promulgue un nuevo Decreto.

Pudimos confirmar también, que se prorrogará por un período adicional la aplicación de una tasa del 4%, para el universo de productos contenidos en el Anexo II antes mencionado.

Lo mantendremos informado de los avances que ocurran, una vez promulgadas las normas correspondientes para regularizar esta situación.

Ante cualquier aclaración que pueda requerir, por favor no dude en contactarse con la Unidad de Apoyo a las Negociaciones, al teléfono 604-04 64, internos 137 y 139, o bien vía correo electrónico a coex@ciu.com.uy.

Sin otro particular, manifestándonos siempre a sus órdenes, aprovechamos la ocasión para saludar a Usted muy atentamente,

 

COMISIÓN DE COMERCIO EXTERIOR