Montevideo,  26 de febrero de 2010 

 

 Estimado Socio: 

El Poder Ejecutivo volvió a  prorrogar hasta el 30 de  abril de 2010 el régimen transitorio dispuesto por el Decreto 232/009 del 19 de mayo de 2009 y Decreto 404/009 del 31 de agosto de 2009, que admite la deducción del IVA al gasoil por parte  de los contribuyentes que desarrollen actividades industriales manufactureras y extractivas respectivamente. 

Le recordamos que en el sitio Web de la CIU está disponible el instructivo y formatos sugeridos para la elaboración de las certificaciones contables y las declaraciones juradas, a los efectos de que las empresas remitan los recaudos inicialmente previstos en el decreto.   

Por mayor información dirigirse a la Dirección de Investigación y Análisis dee@ciu.com.uy

Saluda atentamente,

 Dirección de Relaciones Institucionales