|
Montevideo, 26 de febrero de 2010
Estimado
Socio:
El Poder Ejecutivo volvió
a prorrogar hasta el
30 de abril
de 2010
el régimen transitorio dispuesto por el Decreto
232/009 del 19 de mayo de 2009 y Decreto 404/009
del 31 de agosto de 2009, que admite la deducción del
IVA al gasoil por parte de los contribuyentes que
desarrollen actividades industriales manufactureras y
extractivas respectivamente.
Le recordamos que en el
sitio Web de la CIU está disponible el instructivo y
formatos sugeridos para la elaboración de las
certificaciones contables y las declaraciones juradas, a
los efectos de que las empresas remitan los recaudos
inicialmente previstos en el decreto.
Por mayor información
dirigirse a la Dirección de Investigación y Análisis
dee@ciu.com.uy
Saluda atentamente,
Dirección de
Relaciones Institucionales
|