Montevideo, 19 de noviembre de 2009

 

Estimado Socio:

El Poder Ejecutivo volvió a  prorrogar hasta el 31 de enero de 2010 el régimen transitorio dispuesto por el Decreto 232/009 del 19 de mayo de 2009 y Decreto 404/009 del 31 de agosto de 2009, que admite la deducción del IVA al gasoil por parte  de los contribuyentes que desarrollen actividades industriales  manufactureras y extractivas respectivamente.

Le recordamos que en el sitio Web de la CIU está disponible el instructivo y formatos sugeridos para la elaboración de las certificaciones contables y las declaraciones juradas, a los efectos de que las empresas remitan los recaudos inicialmente previstos en el decreto. 

 Por mayor información dirigirse al Depto. de Investigación y Análisis dee@ciu.com.uy

 Saluda atentamente,

 UNIDAD DE RELACIONES PÚBLICAS